Nuestros abogados están especializados en cualquier tipo de despido : improcedente, procedente, nulo, objetivo. Le garantizamos la máxima indemnización.
Nuestros Abogados Laboralistas, especializados en Derecho Laboral, le podrán ofrecer nuestros servicios profesionales en la reclamación de cantidad que la empresa o el trabajador le pueda adeudar.
Si lo desea, además de ser atendido en nuestro Despacho de Abogados en Torrevieja, le ofrecemos la posibilidad de que nuestros Abogados laboralistas le atiendan en nuestras oficinas.
La incapacidad Permanente está regulada en la vigente Ley General de Seguridad Social y contempla cuatro grados: Incapacidad Permanente Parcial, Incapacidad Permanente total para la profesión habitual, Incapacidad Permanente Absoluta para toda profesión u oficio y Gran Invalidez.
MOTIVOS DE SANCIÓN
Se considerarán incumplimientos contractuales:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual por el empresario o las personas que trabajan en la empresa.
El empresario tiene el derecho, dentro de la relación laboral que le une con sus empleados, a ordenar que realicen determinadas tareas según su contrato. Así lo aclara el artículo 20.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Somos abogados especializados en ERES Y ERTES, Expedientes de Regulación de Empleo.
Podemos ofrecer nuestros servicios profesionales y ayudarle en la tramitación de expedientes de regulación de empleo.